lunes, 14 de febrero de 2011

Plan de choque desempleo

El pasado viernes, el Consejo de Ministros, aprobó el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas. Plan que básicamente se compone de dos pilares,

1)     El fomento de la contratación a tiempo parcial, para lo que se aplicarán una reducción en las cuotas de la Seguridad Social para las contrataciones que cumplan los requisitos exigidos.
2)     Programa de Recualificación Profesional, que incluye la nueva modalidad de subsidio para los desempleados de larga duración que hubieran agotados sus prestaciones.

Programa excepcional de empleo para la transición hacia la contratación estable.

Con la finalidad de promover y favorecer la creación de empleo mediante la contratación a tiempo parcial del 50% al 75% de la jornada de:
  • Jóvenes de hasta 30 años de edad.
  • Personas en desempleo de larga duración (inscritas como demandantes de empleo al menos doce  meses en los dieciocho anteriores a la contratación)
Estos contratos darán derecho a una reducción de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social del 100%, para empresas de menos de 250 trabajadores, o del 75%, en el caso de empresas de más de 250 trabajadores.

Esta reducción se aplicará durante doce meses, siempre que las contrataciones supongan un aumento de la plantilla de la empresa. Para dicho cálculo se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores con contratos indefinidos o temporales en el periodo de 90 días anteriores a la nueva contratación o transformación.

Las empresas estarán obligadas a mantener el nivel de empleo durante el periodo de duración de la reducción. El incumplimiento del requisito anterior dará lugar al abono de las cotizaciones correspondientes a las reducciones aplicadas.

En caso de contratos temporales, éstos habrán de tener un duración mínima de 6 meses. Transcurrido dicho plazo, se mantiene la posibilidad de acogerse a las bonificaciones de cuotas vigentes con anterioridad a la entrada plan de choque, siempre que se reúnan los requisitos que hubieran dado lugar a las mismas.

Así, por ejemplo, un empresario que contrate a un desempleado mayor de 45 años, parado de larga duración, tendría derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales durante la vigencia de dicho contrato temporal (de duración entre 6 meses y un año). Si además, antes del transcurso del año, optara por transformar dicho contrato en indefinido, tendrá derecho a una bonificación de cuotas de entre 1200 a 1400 € anuales, hasta un máximo de tres años desde el inicio de la contratación temporal. También sería aplicable el beneficio del despido objetivo “económico”, es decir pago límite de 33 días de indemnización por año trabajado (en caso de despido objetivo declarado o reconocido como improcedente)

Programa de recualificación profesional de las personas que hayan agotado su protección por desempleo.

Este otro programa entrará en vigor el 16 de febrero y beneficiará a todas aquellas personas que agoten su prestación por desempleo a partir de dicha fecha. Estas personas tendrán derecho a:
  • Realizar un itinerario individualizado y personalizado de inserción que contemple un diagnóstico sobre su empleabilidad, así como las medidas de política activa de empleo dirigidas a mejorarla.
  • Participar en medidas de política activa de empleo encaminadas a la recualificación y/o reinserción profesional necesarias para favorecer su incorporación al mercado de trabajo, especialmente en sectores emergentes y con mayor potencial de crecimiento.
  • Percibir una ayuda económica de acompañamiento de 400 euros hasta un máximo de seis meses. Esta ayuda estará vinculada a la realización de dichas acciones de política activa de empleo y se podrá cobrar cuando las rentas en la unidad familiar no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
  • Participar en acciones de mejora de la empleabilidad que combine actuaciones de orientación y formación para el empleo. Los Servicios Públicos de Empleo pondrán en marcha itinerarios individualizados y personalizados de empleo dirigidos a jóvenes, mayores de 45 años en situación de desempleo de larga duración y personas procedentes del sector de la construcción y otros afectados por la crisis que, dentro de estos colectivos, tengan baja cualificación.
  • Inclusión de personas desempleadas en las acciones formativas dirigidas a personas ocupadas. Durante 2011 los Servicios Públicos de Empleo garantizarán que, en los planes de formación dirigidos prioritariamente a personas ocupadas, participen en el conjunto del correspondiente plan y en relación con el total de personas que inicien la formación dentro del mismo, entre un 20 por 100 y un 40 por 100 de personas desempleadas.
Valoración: El nuevo plan de choque puede favorecer -virtud del abaratamiento del coste laboral por la vía de la reducción de cuotas- a empresas que a pesar de la crisis prevean la estabilidad en su plantilla durante el próximo año. No contempla, sin embargo, ayudas o mecanismos de abaratamiento de costes para aquellas empresas que se encuentran todavía en pleno proceso de reestructuración de su plantilla, dándose la paradoja de dichas empresas se verán abocadas a destruir empleo como única vía para reducir el coste. Resta esperar, haciendo alarde de un vacilante optimismo que, tras el relevo de desempleados, se haya generado algo de empleo neto. En cuanto a la efectividad del Servef como gestor del tránsito, todavía más dudosa confianza.